¿Que Obras pueden Registrarse en Bolivia?
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Libros, folletos, artículos y otros escritos.
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Conferencias, discursos, lecciones, sermones, comentarios y otros similares.
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Obras escénicas, dramáticas o dramático musicales.
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Obras coreográficas y pantomímicas.
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Composiciones musicales, con o sin letra.
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Obras cinematográficas y videos.
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Dibujos, pinturas, arquitectura, esculturas, grabados y litografías.
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Fotografías.
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Obras de arte aplicado.
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Artesanías.
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Ilustraciones, mapas, planos y croquis.
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Programas de computación.
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Antologías o compilaciones de obras diversas y las bases de datos, que por su selección o disposición se constituyan en creaciones originales.
Estas obras son las más frecuentes, sin embargo podría haber otras susceptibles de registro y que no forman parte de este listado, siempre y cuando sean originales y estén en un soporte material.
Fuente: Servicio Nacional de Propiedad Intelectual, Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural (SENAPI)
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