¿Cuánto dura el derecho de autor en Antigua y Barduba?
- Obras literarias, dramáticas, musicales y artísticas a 50 años del final del año en que falleció el autor.
- Ediciones publicadas de obras literarias, dramáticas, musicales o artísticas (diseño) 50 años después del final del año en que se publicó por primera vez.
- Grabaciones de sonido y películas 50 años después del final del año en que se publicó la grabación de sonido o la película.
- Transmisiones y programas de cable 50 años a partir del final del año de realización del programa de transmisión o cable.
- Disposición tipográfica a 25 años del final del año calendario en que se publicó por primera vez la edición.
Fuente: Oficina de Propiedad Intelectual y Comercio de Antigua y Barbuda (ABIPCO) Ministerio de Asuntos Jurídicos
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